El portal farmacéutico de referencia
El portal farmacéutico de referencia
Google
  Web farmaespaña
Info Farma
Info Med
Salidas Profesionales
Bolsa de Trabajo
Servifarma
Info Lab
  Última Hora
  Formación
  Información
  Info Andalucía
  Humor
   
   
   
   

Directorio de información de interés para el farmacéutico.

En esta sección podrá encontrar toda la información necesaria para una completa formación e información de utilidad para la oficina de farmacia.

Informe Med. Genéricos
Donación 0.7% Presupuesto
Anteproyecto de Ley 2005
Plan Estratégico
Solidaridad Consejo General
Congreso Nacional F.
 
 
 
 
 
 
 

Información - 10/06/2005

El Anteproyecto de Ley menosprecia la profesionalidad del farmacéutico.

El Consejo General, en desacuerdo con el Anteproyecto de Ley por ignorar la realidad de la Farmacia española

· La Farmacia lamenta que el texto que pretende actualizar y modernizar la Ley del Medicamento no tenga en cuenta, precisamente, la experiencia y las aportaciones de los profesionales expertos en el medicamento.

· Resulta contradictorio que la normativa tenga como finalidad el Uso Racional del Medicamento y no se incida, en ningún momento, sobre la prescripción médica por principio activo.

· Eliminar el precio de los medicamentos del envase supone un retroceso en los derechos del paciente.

· Restringir la sustitución por parte del farmacéutico, en lugar de adecuarla al tiempo presente, conlleva poner en tela de juicio su profesionalidad y cuestionar una práctica que no ha recibido reclamación alguna por parte de los usuarios.

MADRID, 10 DE JUNIO DE 2005.- El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, en una primera valoración del Anteproyecto de Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, y sin menoscabo de las posteriores alegaciones que elaborará junto con las aportaciones de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos, manifiesta su rechazo y oposición a dicho texto en cuanto que supone un menosprecio a la profesionalidad de los farmacéuticos y un total desconocimiento de la realidad de la farmacia española.

En primer lugar, se rechaza el procedimiento seguido para la elaboración del Anteproyecto de Ley —a pesar del derecho que tiene la Administración de hacerlo— por no haberse contado con la participación de la Profesión Farmacéutica desde las fases iniciales de su redacción. Se trata de cuestiones que afectan a la actividad diaria de los farmacéuticos y en las que, de haberse contado con su colaboración, conocimiento y experiencia, se hubiera conseguido la mejora de la calidad de la prestación farmacéutica, objetivo último del Anteproyecto de Ley.

Resulta paradójico que un Anteproyecto de Ley que pretende modernizar y actualizar la Ley del Medicamento del año 90 no tenga en consideración las aportaciones de los profesionales expertos en el medicamento que, no sólo por su formación académica de cinco años orientada al conocimiento del medicamento en todo el proceso —desde la fabricación del mismo hasta su dispensación—; sino que también, con su trabajo diario, han contribuido a hacer que el modelo español de oficina de farmacia se encuentre a la vanguardia de Europa, se sitúe entre los mejores modelos del mundo y sea, dentro de la prestación sanitaria española, uno de los mejores servicios y con menor número de reclamaciones.

PRESCRIPCIÓN POR PRINCIPIO ACTIVO

Esta nueva normativa supone una desconsideración hacia una Profesión, como es la farmacéutica, que ha venido colaborando con las Administraciones sanitarias en el desarrollo de estrategias de uso racional de los medicamentos. En este sentido, el Consejo General considera contradictorio que en el anteproyecto no se mencione la necesidad de fomentar e impulsar hábitos beneficiosos que, como la prescripción médica por principio activo, pueden incidir positiva y directamente en el uso racional del medicamento, y que cuentan ya con el aval y la experiencia desarrollada en alguna Comunidad como la de Andalucía, con resultados claramente positivos para el sistema sanitario, sobre todo, en el ahorro que tanto busca el Anteproyecto de Ley remitido.

La prescripción por principio activo resulta necesaria si se tiene en cuenta que actualmente existen en España 2.997 presentaciones genéricas autorizadas —lo que representa un 20,2% del total de presentaciones en el mercado— y que únicamente los 10 primeros principios activos aglutinan ya un total de 2.075 formatos. Esta realidad dificulta enormemente el mantenimiento del amplio stock de medicamentos de la farmacia puesto que, por ejemplo, para algunos genéricos como ciprofloxacino existen en el mercado 355 presentaciones diferentes; de amoxicilina, más de 250, y de omeprazol, cerca de 200.

Esto último contrasta con la exigencia de listas de existencias mínimas en las farmacias —que si se hace de forma racional estaremos de acuerdo— pero asalta la duda de si se obligará a la oficina de farmacia a disponer de todas las presentaciones de un mismo medicamento, en el caso de ciprofloxacino, amoxicilina, enalapril, etc., siendo todas ellas iguales entre sí.

Resulta igualmente injustificado limitar la sustitución por el farmacéutico a “razones de urgente necesidad”, ya que la capacidad de sustitución de medicamentos por el farmacéutico está avalada por sus amplios conocimientos y experiencia que, en conjunto, no tienen ninguna otra profesión como son las siguientes: Farmacología y Farmacia Clínica, Farmacognosia, Química Farmacéutica, Tecnología Farmacéutica, Bioquímica y Farmacocinética, además de otras como Farmacia Galénica. Restringir dicha sustitución resulta injustificada máxime cuando hasta la fecha no se han producido incidencias que hagan recomendable promover una modificación de las actuales competencias profesionales del farmacéutico; antes bien, habría que ampliarlas en beneficio del servicio al ciudadano.

En el proyecto puede parecer una mejora “la exigencia de que el paciente firme la aceptación de la sustitución”. La realidad es que constituye una traba puramente burocrática puesto que ningún farmacéutico sustituye un medicamento sin haberlo consultado previamente con el paciente.

La eliminación del precio de los medicamentos en el cartonaje de los mismos supone también un retroceso en el derecho de los ciudadanos, puesto que es un logro social que asegura la confianza de los usuarios en el cobro justo y sin abusos de un bien de primera necesidad, como son los medicamentos. Actualmente, las nuevas tecnologías proporcionan soluciones para que se ajuste, en breve espacio de tiempo, el stock de medicamentos a los nuevos precios autorizados, sin introducir cargas administrativas añadidas a las farmacias.

UNA PRÁCTICA LEGAL Y TRANSPARENTE

Asimismo, la prohibición de las bonificaciones es una medida injusta y que consideramos persecutoria, ya que se trata de una práctica que no distorsiona el uso racional de los medicamentos, al no inducir de forma directa o indirecta al consumo del mismo, puesto que el farmacéutico tiene que atenerse al número de ejemplares que se prescriben mediante receta médica.

Las bonificaciones son una práctica legal y transparente que derivan de las relaciones económicas entre entidades. No afectan a su precio fijado por la Administración, ni a la calidad de la prestación farmacéutica. Asimismo, no puede confundirse bonificaciones con regalos u obsequios. El regalo se recibe —no entramos en las causas— sin gravamen económico alguno. La bonificación es una relación que favorece a ambas partes, porque amortiza aspectos logísticos para el productor, cotiza a Hacienda, representa en principio un adelanto económico para el que la recibe, y no perjudica para nada al sistema, ni en lo profesional ni en lo económico.

Las bonificaciones se practican en multitud de entidades sanitarias, tanto del ámbito público como privado, ya sean hospitales, clínicas, depósitos de medicamentos, etc. siempre en beneficio de la gestión de la entidad correspondiente. Por ello, resulta totalmente injusto que se pretenda prohibir dicha práctica en la oficina de farmacia.

En beneficio de la seguridad de los ciudadanos, se debe aprovechar la oportunidad para regular de manera adecuada la presencia del farmacéutico, debidamente colegiado, en todos los puntos donde se fabriquen, almacenen y dispensen medicamentos, ya sea en terapéutica humana o animal o en medicamentos alopáticos u homeopáticos y en los procedentes de síntesis química o de origen vegetal, como son los medicamentos a base de plantas medicinales. En definitiva, el medicamento en la farmacia, sea cual sea su procedencia.

Se valora positivamente la nueva regulación que se pretende acometer sobre la receta médica. Además de la exigencia de que el farmacéutico dispense con receta los medicamentos que lo requieran, es esencial trabajar para una mayor consideración sanitaria de la receta médica, a través de la sensibilización de médicos y veterinarios, el establecimiento de un modelo normalizado de receta médica privada, la identificación de los prescriptores o la actualización del listado de medicamentos que requieren receta médica para su dispensación, entre otras cuestiones.

Finalmente, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, como siempre ha venido haciendo, reitera su disposición a colaborar en el uso racional de los medicamentos y en la sostenibilidad del Sistema Sanitario, objetivos del Anteproyecto de Ley cuya tramitación se inicia. Por todo lo anterior, el Consejo General va a emitir el correspondiente informe en el que se recogerán las aportaciones de los Colegios de Farmacéuticos y Consejos autonómicos con objeto de mejorar el Anteproyecto de Ley. El Consejo General espera que las alegaciones de la profesión sean escuchadas por considerarlas de justicia, puesto que un servicio como el farmacéutico, que es uno de los mejores de la Sanidad, debe ser mejorado, pero nunca deteriorado.

Para remitirnos sus comunicaciones pulse aquí

Copyright © 2002-2013 Hechi Networks S.L. · Apdo. Correos 98 · 21700 · La Palma del Condado · Huelva · España.