El Consejo General, en desacuerdo con el Anteproyecto
de Ley por ignorar la realidad de la Farmacia española
· La Farmacia lamenta que el texto que pretende actualizar
y modernizar la Ley del Medicamento no tenga en cuenta, precisamente,
la experiencia y las aportaciones de los profesionales expertos en
el medicamento.
·
Resulta contradictorio que la normativa tenga como finalidad el Uso
Racional del Medicamento y no se incida, en ningún momento,
sobre la prescripción médica por principio activo.
·
Eliminar el precio de los medicamentos del envase supone un retroceso
en los derechos del paciente.
·
Restringir la sustitución por parte del farmacéutico,
en lugar de adecuarla al tiempo presente, conlleva poner en tela de
juicio su profesionalidad y cuestionar una práctica que no
ha recibido reclamación alguna por parte de los usuarios.
MADRID,
10 DE JUNIO DE 2005.- El Consejo General de Colegios
Oficiales de Farmacéuticos, en una primera valoración
del Anteproyecto de Ley de Garantías y Uso Racional de los
Medicamentos y Productos Sanitarios, y sin menoscabo de las posteriores
alegaciones que elaborará junto con las aportaciones de los
Colegios Oficiales de Farmacéuticos, manifiesta su rechazo
y oposición a dicho texto en cuanto que supone un menosprecio
a la profesionalidad de los farmacéuticos y un total desconocimiento
de la realidad de la farmacia española.
En primer lugar, se rechaza el procedimiento seguido para la elaboración
del Anteproyecto de Ley —a pesar del derecho que tiene la Administración
de hacerlo— por no haberse contado con la participación
de la Profesión Farmacéutica desde las fases iniciales
de su redacción. Se trata de cuestiones que afectan a la actividad
diaria de los farmacéuticos y en las que, de haberse contado
con su colaboración, conocimiento y experiencia, se hubiera
conseguido la mejora de la calidad de la prestación farmacéutica,
objetivo último del Anteproyecto de Ley.
Resulta
paradójico que un Anteproyecto de Ley que pretende modernizar
y actualizar la Ley del Medicamento del año 90 no tenga en
consideración las aportaciones de los profesionales expertos
en el medicamento que, no sólo por su formación académica
de cinco años orientada al conocimiento del medicamento en
todo el proceso —desde la fabricación del mismo hasta
su dispensación—; sino que también, con su trabajo
diario, han contribuido a hacer que el modelo español de oficina
de farmacia se encuentre a la vanguardia de Europa, se sitúe
entre los mejores modelos del mundo y sea, dentro de la prestación
sanitaria española, uno de los mejores servicios y con menor
número de reclamaciones.
PRESCRIPCIÓN POR PRINCIPIO ACTIVO
Esta nueva normativa supone una desconsideración hacia una
Profesión, como es la farmacéutica, que ha venido colaborando
con las Administraciones sanitarias en el desarrollo de estrategias
de uso racional de los medicamentos. En este sentido, el Consejo General
considera contradictorio que en el anteproyecto no se mencione la
necesidad de fomentar e impulsar hábitos beneficiosos que,
como la prescripción médica por principio activo,
pueden incidir positiva y directamente en el uso racional del medicamento,
y que cuentan ya con el aval y la experiencia desarrollada en alguna
Comunidad como la de Andalucía, con resultados claramente positivos
para el sistema sanitario, sobre todo, en el ahorro que tanto busca
el Anteproyecto de Ley remitido.
La prescripción por principio activo resulta necesaria si se
tiene en cuenta que actualmente existen en España 2.997
presentaciones genéricas autorizadas —lo que
representa un 20,2% del total de presentaciones en el mercado—
y que únicamente los 10 primeros principios activos
aglutinan ya un total de 2.075 formatos. Esta realidad dificulta
enormemente el mantenimiento del amplio stock de medicamentos de la
farmacia puesto que, por ejemplo, para algunos genéricos como
ciprofloxacino existen en el mercado 355 presentaciones diferentes;
de amoxicilina, más de 250, y de omeprazol, cerca de 200.
Esto
último contrasta con la exigencia de listas de existencias
mínimas en las farmacias —que si se hace de forma
racional estaremos de acuerdo— pero asalta la duda
de si se obligará a la oficina de farmacia a disponer de todas
las presentaciones de un mismo medicamento, en el caso de ciprofloxacino,
amoxicilina, enalapril, etc., siendo todas ellas iguales entre sí.
Resulta
igualmente injustificado limitar la sustitución
por el farmacéutico a “razones de urgente necesidad”,
ya que la capacidad de sustitución de medicamentos por el farmacéutico
está avalada por sus amplios conocimientos y experiencia que,
en conjunto, no tienen ninguna otra profesión como son las
siguientes: Farmacología y Farmacia Clínica,
Farmacognosia, Química Farmacéutica, Tecnología
Farmacéutica, Bioquímica y Farmacocinética,
además de otras como Farmacia Galénica.
Restringir dicha sustitución resulta injustificada máxime
cuando hasta la fecha no se han producido incidencias que hagan recomendable
promover una modificación de las actuales competencias profesionales
del farmacéutico; antes bien, habría que ampliarlas
en beneficio del servicio al ciudadano.
En
el proyecto puede parecer una mejora “la exigencia de que el
paciente firme la aceptación de la sustitución”.
La realidad es que constituye una traba puramente burocrática
puesto que ningún farmacéutico sustituye un medicamento
sin haberlo consultado previamente con el paciente.
La
eliminación del precio de los medicamentos
en el cartonaje de los mismos supone también un retroceso en
el derecho de los ciudadanos, puesto que es un logro social que asegura
la confianza de los usuarios en el cobro justo y sin abusos de un
bien de primera necesidad, como son los medicamentos. Actualmente,
las nuevas tecnologías proporcionan soluciones para que se
ajuste, en breve espacio de tiempo, el stock de medicamentos a los
nuevos precios autorizados, sin introducir cargas administrativas
añadidas a las farmacias.
UNA
PRÁCTICA LEGAL Y TRANSPARENTE
Asimismo,
la prohibición de las bonificaciones es una
medida injusta y que consideramos persecutoria, ya que se trata de
una práctica que no distorsiona el uso racional de los medicamentos,
al no inducir de forma directa o indirecta al consumo del mismo, puesto
que el farmacéutico tiene que atenerse al número de
ejemplares que se prescriben mediante receta médica.
Las
bonificaciones son una práctica legal y transparente que derivan
de las relaciones económicas entre entidades. No afectan a
su precio fijado por la Administración, ni a la calidad de
la prestación farmacéutica. Asimismo, no puede confundirse
bonificaciones con regalos u obsequios. El regalo se recibe —no
entramos en las causas— sin gravamen económico alguno.
La bonificación es una relación que favorece a ambas
partes, porque amortiza aspectos logísticos para el productor,
cotiza a Hacienda, representa en principio un adelanto económico
para el que la recibe, y no perjudica para nada al sistema, ni en
lo profesional ni en lo económico.
Las
bonificaciones se practican en multitud de entidades sanitarias, tanto
del ámbito público como privado, ya sean hospitales,
clínicas, depósitos de medicamentos, etc. siempre en
beneficio de la gestión de la entidad correspondiente. Por
ello, resulta totalmente injusto que se pretenda prohibir dicha práctica
en la oficina de farmacia.
En
beneficio de la seguridad de los ciudadanos, se debe aprovechar la
oportunidad para regular de manera adecuada la presencia del farmacéutico,
debidamente colegiado, en todos los puntos donde se fabriquen, almacenen
y dispensen medicamentos, ya sea en terapéutica humana o animal
o en medicamentos alopáticos u homeopáticos y en los
procedentes de síntesis química o de origen vegetal,
como son los medicamentos a base de plantas medicinales. En
definitiva, el medicamento en la farmacia, sea cual sea su procedencia.
Se
valora positivamente la nueva regulación que se pretende acometer
sobre la receta médica. Además de la exigencia de que
el farmacéutico dispense con receta los medicamentos que lo
requieran, es esencial trabajar para una mayor consideración
sanitaria de la receta médica, a través de la sensibilización
de médicos y veterinarios, el establecimiento de un modelo
normalizado de receta médica privada, la identificación
de los prescriptores o la actualización del listado de medicamentos
que requieren receta médica para su dispensación, entre
otras cuestiones.
Finalmente,
el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos,
como siempre ha venido haciendo, reitera su disposición a colaborar
en el uso racional de los medicamentos y en la sostenibilidad del
Sistema Sanitario, objetivos del Anteproyecto de Ley cuya tramitación
se inicia. Por todo lo anterior, el Consejo General va a emitir el
correspondiente informe en el que se recogerán las aportaciones
de los Colegios de Farmacéuticos y Consejos autonómicos
con objeto de mejorar el Anteproyecto de Ley. El Consejo General espera
que las alegaciones de la profesión sean escuchadas por considerarlas
de justicia, puesto que un servicio como el farmacéutico,
que es uno de los mejores de la Sanidad, debe ser mejorado, pero nunca
deteriorado.